Escalada en el Parque Natural

Escalada en el Parque Natural

En el Parque Natural de la Sierra Helada existen dos sectores de escalada en el medio natural de uso habitual (término municipal de Benidorm; Sector 1: "Pedrera" y Sector 2: "Punta Caballo"), los cuales no requieren de autorización exprés para la práctica de la escalada aunque sí que se requiere comunicación de la actividad al propio Parque Natural a través del correo electrónico serragelada@gva.es, especificando la fecha de realización, el número de personas que desean realizar la actividad, el sector de escalada que se pretende realizar y la técnica de escalada a utilizar.

Y un tercer sector (Sector 3: "Ciutadella", donde se incluye la vía de escalada clásica "Diedro Edwars"), próximo a los anteriores, que requerirá de autorización administrativa previa para poder realizar la actividad, al estar incluido en el área de especial protección del PN (Área 2.A). Por lo tanto, en el caso de querer practicar la escalada en el sector 3 (sector "Ciutadella") se tendrá que tramitar formalmente esta autorización siguiendo las indicaciones que encontrará en el apartado "Trámites y solicitudes" de nuestra página web, siendo la información que tendrá que aportarse en esta solicitud:

  • La fecha y hora de la actividad.

  • El lugar donde se desarrollará exactamente la actividad, aportando coordenadas UTM de la zona concreta (ETRS89 - Huso 30).

  • La forma de acceso en la zona donde se pretende realizar la actividad.

  • Tipo de escalada a realizar.

  • Esquema aproximado del recorrido (vía de escalada) a realizar en la pared.

  • El número de escaladores que realizarán la actividad de manera simultánea.

  • La autorización del propietario de los terrenos por donde se pretende acceder.

 

Condicionantes

El número máximo de personas autorizadas a realizar la actividad de escalada, de manera simultánea, en cada uno de los sectores descritos será de 4 personas.

En estas zonas no está permitido en ningún concepto:

  • La apertura de nuevas vías de escalada (escalada deportiva),

  • El acceso desde las mismas en las zonas de especial conservación del Parque Natural, concretamente las dunas fósiles colgadas situadas en la base del acantilado de la Sierra Helada.

  • En cualquier caso, la práctica de la escalada dentro de las zonas de especial protección del Parque Natural de la Sierra Helada no  está permitido del 1 de enero al 30 junio por nidificación de aves.

  • La práctica de escala en la base del acantilado ("coastering"), en la llamada zona de salpicadura,  por la presencia en la zona de vermétido (Dendropoma petraeum).

  • Aquellas conductas que contaminan o deterioran los recursos hídricos, geológicos y edafológicos (vertidos de líquidos y sólidos).

  • El uso del fuego con cualquier finalidad o modalidad.

  • La recolección de ejemplares vegetales y animales, terrestres o marinos, así como la introducción, mediante suelta, plantación o siembra, de especies vegetales foráneas.

  • La recolección o alteración de los materiales paleontológicos o mineralógicos, tanto del ámbito marino como terrestre.

  • La acampada en todo el ámbito del Parque Natural.

 

Sectores de escalada en el Parque Natural.

Sector 1 (Pedrera)

Acantilados localizados en el suroeste de la "Punta Caballo" o "Punta de los Caletes", autorizado para escalada clásica o climbing y/o escalada en bloque o bouldering. En la zona se accede a través del camino de acceso a la "Punta Caballo" o bien a través del acceso a la "Cala de Tú Ximo".

Sector 2 (Punta Caballo)

Acantilados que le dan nombre al sector, autorizado para escalada clásica o climbing y/o escalada en bloque o bouldering. Al sector 2 se accede por la carretera de la "Punta Caballo" o "Punta de los Caletes" (calle Dos Calas, de Benidorm), al final de este.

Sector 3 (Ciutadella)

Sector más en el norte, que está incluido en el área de especial protección del PN, dispone del preceptivo informe favorable para la realización de escalada clásica. Siendo necesaria la autorización administrativa previa para poder realizar la actividad. Además es necesario disponer del permiso del propietario de los terrenos por los cuales se accede.